La regulación publicitaria en materia de medicamentos, alcohol y tabaco siempre ha sido tenida en cuenta de una forma especial, se considera que estos productos pueden ser en algunos casos perjudiciales para la salud y por eso se regula su difusión de forma más explícita.
La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), reivindica la unificación legal en todo el territorio nacional respecto a la difusión de mensajes publicitarios de bebidas alcohólicas de alta graduación, sobretodo en soportes como el exterior, ya que hasta ahora se ha regido según cada autonomía. Para justificar su petición, la AUC ha publicado un informe en el que comparan la normativa autonómica respecto a este tipo de publicidad.
Según el informe, Baleares, Murcia, Andalucía, Castilla-La Mancha, Galicia y Navarra son las comunidades autónomas más permisivas en lo que se refiere a publicidad de bebidas alcohólicas. Por el contrario, Canarias, La Rioja, Cantabria y País Vasco tienen las medidas más restrictivas.
La publicidad en televisión de este tipo de bebidas está regulada por la Ley General de Publicidad (artículo 5), el cual prohíbe la publicidad de bebidas con graduación alcohólica superior a veinte grados centesimales y por la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual que afecta a toda la comunidad europea incluyendo a España. Los criterios que se siguen son los siguientes:
1- La publicidad no puede estar dirigida a menores, ni presentar menores bebiendo el producto.
2- No se puede asociar el consumo de alcohol a un mejor rendimiento físico o a la conducción de vehículos.
3- No puede parecer que el consumo de alcohol proporciona éxito social o sexual
4- No deben sugerir que las bebidas tienen propiedades terapéuticas o un efecto estimulante, sedante o que es un medio para resolver conflictos
5- No se puede estimular el consumo inmoderado o dar una imagen negativa de la abstinencia o sobriedad
6- No mostrar como una cualidad positiva de la bebida su alto contenido de alcohol.
De la misma forma que la regulación de publicidad en televisión es común, para otros soportes no lo es. Se debe acudir a los regímenes especiales que contempla cada comunidad autónoma, los cuales presentan grandes diferencias.
La normativa supone un agravio comparativo para los consumidores de las poblaciones menos protegidas. La Asociación considera que esta situación es especialmente grave desde el punto de vista de la protección de menores, y aporta cifras que demuestran que los jóvenes españoles inician el consumo de alcohol a edades tempranas.
Puedes consultar aquí el informe completo para conocer todos los datos y las normativas autonómicas específicas.